Bayo Expertos Inmobiliarios, S.L.U.
Agencia de Fomento del Alquiler
Nº de registro: 08/00201 - Homologado desde 14/3/2008

Acuda a nuestras oficinas e infórmese de las ventajas y ayudas en arrendamientos de inmuebles

Junta de Andalucía
  • SUBVENCIÓN DE HASTA EL 40% DE LA RENTA PARA INQUILINOS
  • Contamos con una amplia cartera de inmuebles con precios asequibles desde 270€/mes
  • Tramitación a través de la agencia

Desde Marzo de 2.008, con la intención de mejorar nuestros servicios, conseguimos la Homologación como Agencia de Fomento del Alquiler (A.F.A)
Durante este tiempo, muchas han sido las modificaciones normativas que rigen esta subvención, dificultando a las partes intervinientes la solicitud de las mismas.
Para facilitar la tramitación de las mismas, desde nuestra página web ofrecemos una información clara y sencilla.

- Propietarios:

Si habéis optado por poner vuestra vivienda en alquiler a través de A.F.A, la documentación necesaria es la siguiente:

  • Copia simple (compulsada) de la vivienda.
  • Referencia catastral de la vivienda (IBI-contribución). En este caso, si la vivienda es de nueva construcción, la Administración solicitará el modelo 902.
  • Copia de resguardo de depósito de fianza en tiempo y forma.

 

- Inquilinos:

Debéis reunir uno de los siguientes requisitos:

  • Edad, mínima 30 años y máxima 35 años.
  • Familia monoparental. En este caso, es necesario aportar libro de familia compulsado.
  • Familia numerosa, aportar Libro de Familia así como reconocimiento oficial de esta situación.
  • Víctima de violencia de género, acreditada mediante denuncia y/o sentencia judicial.
  • Mayores, cumplidos los 65 años.
  • Víctimas del Terrorismo, certificado Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo.
  • Personas procedentes de situaciones de rupturas de unidades familiares, sentencia de separación y/o divorcio y convenio regulador.
  • Emigrantes retornados, con reconocimiento administrativo.
  • Personas con discapacidad, con certificado de centro de valoración con el grado de discapacidad.
  • Personas en situación de dependencia, en virtud de reconocimiento de la Junta.
  • Acreditar ingresos suficientes mediante vida laboral de al menos 6 meses inmediatamente anteriores al momento de solicitud o aportación de contrato de trabajo u otra documentación que acredite 6 meses inmediatamente anteriores a la solicitud.

No se podrá superar el 2,5 IPREM máximo: no más de 15.975,33€ brutos anuales, para que podáis optar a la subvención.

La subvención, si se reúne todos los requisitos exigidos en virtud de la ley, es del 40 % sobre la renta mensual, por lo tanto es muy importante que en los ingresos sólo aparezca la cantidad correspondiente a la renta. Luz, agua,… irán aparte.

Nota: Esta subvención sólo puede obtenerse a través de la Agencia de Fomento del Alquiler

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