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Desde Marzo de 2.008, con la intención de mejorar nuestros servicios, conseguimos la Homologación como Agencia de Fomento del Alquiler (A.F.A)
Durante este tiempo, muchas han sido las modificaciones normativas que rigen esta subvención, dificultando a las partes intervinientes la solicitud de las mismas.
Para facilitar la tramitación de las mismas, desde nuestra página web ofrecemos una información clara y sencilla.
- Propietarios:
Si habéis optado por poner vuestra vivienda en alquiler a través de A.F.A, la documentación necesaria es la siguiente:
- Inquilinos:
Debéis reunir uno de los siguientes requisitos:
No se podrá superar el 2,5 IPREM máximo: no más de 15.975,33€ brutos anuales, para que podáis optar a la subvención.
La subvención, si se reúne todos los requisitos exigidos en virtud de la ley, es del 40 % sobre la renta mensual, por lo tanto es muy importante que en los ingresos sólo aparezca la cantidad correspondiente a la renta. Luz, agua,… irán aparte.
Nota: Esta subvención sólo puede obtenerse a través de la Agencia de Fomento del Alquiler